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Sorpresa de verano en Viladecans: La jueza del caso Inipro dicta auto tras 8 años de espera

Este martes los medios hemos conocido el texto del auto dictado el pasado 8 de julio sobre la instrucción llevada a cabo en el Juzgado número 8 de Gavà firmado por la Jueza Doña Estefanía Tió Cobo

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Votación nueva Ejecutiva del PSC en Viladecans. 16/07/2024. Foto: Twitter @PSCViladecans

El 4 de mayo de 2016 los agentes de la UDEF de la Guardia Civil entraron en las dependencias del Ayuntamiento de Viladecans  solicitado "tres o cuatro expedientes" junto a una delegación judicial además de requerir la presencia del entonces primer teniente de alcalde, Joaquín Guerrero, que quedó detenido.

 

El primer teniente de alcalde de Viladecans junto al entonces director de Inipro, fallecido en mayo del 2017, R.C  el consultor de Viladecans E.M y el ex jefe de gabinete del Ayuntamiento de Tarragona, Gustavo Cuadrado, fueron los cuatro detenidos en esta operación por el caso Inipro que llevó a cabo la Guardia Civil.

 

Cabe recordar que también se llevaron a cabo 11 registros en localidades de Tarragona y Barcelona dentro del denominado caso Inipro, de supuesta corrupción en el consistorio de Tarragona.

 

Según informó la benemérita agentes de este cuerpo practicaron registros de acuerdo con la Guardia Civil de Tarragona, en el marco de la Operación Anfiteatro, que se inició a raíz de las actuaciones practicadas a finales del año 2015 y que afectaba al Instituto Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Tarragona por la adjudicación de un contrato a la mercantil Inipro.

 

Las entradas y registros se realizan en el Ayuntamiento de Tarragona para acceder al servidor y obtener datos de uno de los detenidos, en los ayuntamientos de Viladecans y Palau-Solità i Plegamans, en dos mercantiles en Barcelona y Viladecans, en un despacho profesional de Viladecans y en otro de Reus  y en los domicilios de los 4 detenidos.

 

El juez investigaba los detalles de la contratación de Inipro mediante un procedimiento negociado sin publicidad al que el ex gerente del Instituto Municipal de Servicios Sociales (IMSS) de Tarragona Antonio Muñoz invitó a las empresas Inipro, Itinere y Gallets Associats.

 

Inipro e Itinere pertenecían y pertenecen al mismo grupo empresarial y Gallets tiene vinculaciones, aunque se retiró del procedimiento alegando exceso de trabajo, pese a que su actividad no tiene nada que ver con el objetivo del contrato, que era atender a la población inmigrante.

 

El contrato lo ganó Itinere y en el 2010 se le pagaron 64.000 euros, pero se prorrogó durante el 2011 y el 2012 y el juez instructor de Tarragona cuestiona  los 215.000 euros facturados de forma presuntamente irregular.

 

El alcalde de Tarragona, Josep Fèlix Ballesteros, autorizó los pagos de siete facturas pese a las advertencias en contra porque "no podía hacer nada más o hubiera cometido un delito de enriquecimiento injusto".

 

Además, el juez buscó los nexos de Inipro con determinados ayuntamientos puesto que el dueño de Inipro, R.C era militante del partido del alcalde de Viladecans Carlos Ruiz y de su teniente de alcalde Joaquin Guerrero .

 

EL MINISTERIO FISCAL ES EL ÚNICO PERSORNADO EN LA CAUSA 

 

Juzgados de gava
Imagen de los Juzgados de Gavà. Foto : Archivo Vilapress

 

Nadie se ha personado en la causa de la pieza de Viladecans como acusación particular, ni el propio Ayuntamiento que no se ha "sentido perjudicado económicamente" por las acciones por las que fueron investigadas hasta 12 personas y detenidas 4 en mayo del 2016.

 

Este hecho ha pesado mucho en la resolución de la jueza instructora que en uno de los expedientes afirma que se ve obligada a decretar EL SOBREIMIENTO PROVISIONAL de las actuaciones de conformidad con la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre 4  investigados por no "resultar debidamente justificada la perpetración del delito" que justificó la "apertura de diligencias" .

 

Sobreseimiento
Extracto del Auto de la Jueza de Instrucción del caso Inipro en Viladecans ( 23/04/2024)

Además de porque "no ha formulado acusación el Ministerio Fiscal" y no se cuenta "con acusación formal dirigida contra los investigados" y por lo tanto existe "una imposibilidad de seguir con el procedimiento", ya que, "ningún Juez penal" puede juzgar "ex officio" sin "previa acusación formulada por quién tenga legitimación para ello". Es decir, si nadie formula acusación formal, entre ellos el propio presunto perjudicado, el Ayuntamiento de Viladecans o cualesquier que tenga la obligación de atender a la defensa de los intereses públicos, como cualquier partido de la oposición que forme parte de este consistorio actualmente conformado por ERC, PP o Vox, la jueza tiene la obligación de realizar un SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL , " sin perjuicio de la reapertura" de esta pieza en concreto "en caso de circunstancias sobrevenidas que lo aconsejen". 

Acusacion
Extracto del Auto de la Jueza de Instrucción del caso Inipro en Viladecans ( 23/04/2024)

 

Es decir que si jurídicamente concurrieran nuevos indicios o pruebas esta instrucción se abriría de nuevo para una nueva evaluación 

 

Pero es condición indispensable que se "hubiere presentado en la causa querellante particular dispuesto a sostener la acusación" algo que en la pieza de Viladecans no ha ocurrido y la jueza, según se desprende de su AUTO también tenía la potestad de notificar la "pretensión del Ministerio Fiscal a los interesados en el ejercicio de la acción penal, para que dentro del término prudencial que se les señale comparecieran a defender su acción si lo consideran oportuno" para que una vez transcurrido el "término fijado", el Tribunal se ve obligado "al sobreseimiento solicitado por el Ministerio Fiscal". De ahí la relevancia de que el propio Ayuntamiento de Viladecans y los grupos políticos de la oposición que lo conforman tomaran una decisión activa sobre esta cuestión, que abiertamente no se ha producido, más de palabras vacías sin hechos jurídicos concretos.

 

Acusacionparticular
Acusacionparticular

 

De hecho la Jueza de Gavà, ante la situación ante la que ha encontrado en esta instrucción realiza un pronunciamiento específico en su auto en relación al SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de las actuaciones ya que entiende  "obedecen a motivos ajenos a la prescripción", ya que tiene que ver con las "presuntas irregularidades" que el ex Primer teniente de alcalde de Viladecans, Joaquin Guerrero "podría haber tenido en el ejercicio de su cargo" en relación a la petición de "unos servicios de monitores a Iniciatives y Programes para un acto de campaña electoral" por ejemplo. Y sobre la cuestión dice la Jueza que el Ministerio Fiscal "no aprecia indicios de delito". Y sobre la segunda acusación tampoco "indicios suficientes de delito". Por lo que todo el trabajo policial sobre el caso y la ingente documentación del expediente del caso y que se le ha facilitado no ha sido "suficiente". 

 

Indicios de delito
Extracto del Auto de la Jueza de Instrucción del caso Inipro en Viladecans ( 23/04/2024)

 

Sobre el presunto delito de encubrimiento de los investigados E.M y A.P. el mismo Ministerio Fiscal "aprecia que de las diligencias practicadas no existen indicios que revelen que efectivamente se procedió al borrado de pruebas por los investigados".

 

Sobresimiento2
Extracto del Auto de la Jueza de Instrucción del caso Inipro en Viladecans ( 23/04/2024)

 

Sobre la investigada J.V.C el Ministerio fiscal pide el sobreseimiento provisional pues entiende "que no existen indicios de su participación" algo que comparte también la Jueza Instructora "pues no se puede afirmar sin genero de dudas que dicho alias se refiera a la investigada ni tampoco que la misma tuviera algún tipo de beneficio o mejora de la situación laboral que le fuera imputable".

 

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Extracto del Auto de la Jueza de Instrucción del caso Inipro en Viladecans ( 23/04/2024)

LOS DELITOS DE LOS CUATRO EXPEDIENTES DE CONTRATACIÓN HAN PRESCRITO 

 

PRESCIPCION
Extracto del Auto de la Jueza de Instrucción del caso Inipro en Viladecans ( 23/04/2024)

La Jueza en su auto y tras ocho años desde que saltó el caso a los titulares de todos los medios de comunicación se ve obligada ante la petición del Ministerio Fiscal y su fijación de la fecha de la presunta comisión de los delitos a archivar 4 de las 5 piezas de las que ha hecho la instrucción del caso en los Juzgados de Gavà, cuyo inicial titular el juez Rubén Vallejo González remitió su rechazo del mismo ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que le contestó que era de su competencia realizar la instrucción asignada por el Juez Instructor de Tarragona.

 

 

 

Relata la jueza en su auto las acusaciones que se vertían sobre los 12 investigados, que tenían que ver con presuntos delitos de alteración de precios en concursos y subastas públicas, delito de tráfico de influencias, cohecho y malversación. 

Delitos
Extracto del Auto de la Jueza de Instrucción del caso Inipro en Viladecans ( 23/04/2024)

 

De hecho describe la Jueza como se llevaban a cabo las acciones presuntamente imputables a los investigados a través de lo dictaminado por el Juez de Tarragona que indicaba, entre otras cosas que "los acontecimientos" tuvieron lugar "en el año 2008" y que habría existido " una simulación de competencia entre varias empresas que en realidad era ficticia con el fin de que la empresa  a la que se atribuyese la licitación fuese finalmente Iniciatives i Programes Sl". En dicha investigación "el modus operandi de la simulación de la competencia" consistía en que el fallecido Director General de Iniciatives i Programes "supuestamente, previo concierto con otras mercantiles que no tenían interés en obtener la licitación, les proporcionaba otros presupuestos económicamente menos atractivos que el de Iniciatives i Programes, fingiendo así una competencia entre empresas en las que Iniciatives i Programes salía ganadora por presentar la mejor oferta".

 

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Extracto del Auto de la Jueza de Instrucción del caso Inipro en Viladecans ( 23/04/2024)

Según dice en el auto la Jueza, la instrucción se ha basado en el informe elaborado por la Comandancia de Tarragona que añadieron en su investigación, por "posibles irregularidades" 4 expedientes adminsitrativos de contratación del Ayuntamiento de Viladecans" para su adjudicación a la empresa "Iniciatives i Programes Sl". Estos 4 expedientes de contratación son los que ha archivado la Jueza de Gavà ahora a petición del Ministerio Fiscal personado en la causa porque han prescrito, sin que esto suponga que los presuntos delitos que se investigaban "no se hubieran producido", dado que al prescribir no pueden seguir investigandose ni ser juzgados en base a un sistema de justicia garantista con los investigados.

 

Pero antes de pronunciar el titular del Juzgado de Gavà solicitó motivadamente su inhibición en la causa de la pieza de Viladecans algo que motivó un auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en enero de 2021 en la que contestaba al Juzgado número 4 de Gavà que "resolviese la cuestión de competencia negativa declarando la COMPETENCIA" del Juzgado de gavà para "instruir los hechos" trasladados por el Juzgado de Instrucción de Tarragona. Esto sin duda enlenteció más la investigación en marcha e hizo correr los plazos de prescripción en favor de los propios investigados y sus respectivos expedientes.

 

A partir de esa fecha enero de 2021 se instó al Ayuntamiento de Viladecans, 5 años después del registro de la Guardia Civial a que "efectuase un informe pericial que determinase el perjuicio económico supuestamente sufrido por estas presuntas irregularidades en el marco de la contratación pública". 

 

Afirma la jueza en su Auto que el consistorio de Viladecans remitió  al Minisiterio Fiscal  el informe con fecha 15 de junio de 2023, es decir casi dos años y medio después de la solicitud, cuando esta documental ya no tenía ningún valor judicial. Y en el mismo se pronunciaba en relación a los 4 expedientes de contratación investigados de la siguiente manera: "Que la actuación formativa se ejecutó cumpliendo la normativa y el presupuesto económico de SOC y la autorización del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya". Además que "la licitación y al adjudicación de la contratación de la prestación del servicio de docencia se realizó cumpliendo el procedimiento administrativo tramitado por el Área de Economia i Gestió Interna en el Ayuntamiento de Viladecans" que cabe recordar ostentaba la facultad la entonces Teniente de Alcalde del Área de Economía y Gestión Interna la  Sra. María Salmerón Chacón

 

Cabe recordar que la mayor parte de estos contratos que pidió la UDEF fueron firmados bajo el mandato de la exTeniente de Alcalde, María Salmerón, retirada de la primera línea política desde junio del 2015 tras doce años de carrera política y que continúa trabajando  en el sector privado de Viladecans, pero cuya ex pareja, con las pilas muy cargadas, continúa contribuyendo con su trabajo en llamativas praxis urbanisticas de Viladecans. 

 

El Ayuntamiento afirmó en 2016  en la nota de prensa remitida a los medios  “su confianza de que la información facilitada a la Guardia Civil satisfaga los requerimientos judiciales y sea de utilidad para aclarar los hechos investigados”. Algo que no ocurrió en la Comisión Informativa del Caso Inipro, donde en sus conclusiones finales, todos los grupos políticos de la oposición de 2016, a excepción de los que conformaban el equipo de Gobierno PSC y ICV-EUiA y los concejales no adscritos, protestaron públicamente sobre las dificultades de acceso a la información. Una persistente manera de hacer las cosas que parece ha tenido sus frutos con la entrega de informes con años de retraso, a la luz del restultado final del caso.

 

 

 

 

Así que la conclusión del informe del propio consistorio de Viladecans es que "la licitación y la adjudicación de la prestación del servicio de docencia se llevó a término dentro del precio marcado para este tipo de servicios en las diferentes administraciones públicas, sin establecer diferencias con el resto de contrataciones realizadas por otras acciones de formación gestionadas por el Centro de Can Calderón" y que en "ningún caso supuso un perjuicio para el Ayuntamiento de Viladecans". ¿Les sorprende?.

 

Por todo ello en marzo de este mismo 2024 a la vista de "las diligencias practicadas" el Ministerio Fiscal "aprecia la PRESCIPCIÓN de una PARTE  de los hechos investigados " y por ello solicita a la Jueza Instructora " el SOBREIMIENTO PROVISINAL" de las actuaciones respecto a los 12 investigados".

 

CÓMPUTO DE CINCO AÑOS PARA EL CÁLCULO DE PRESCRIPCIÓN DE LOS PRESUNTOS DELITOS DE UNA INVESTIGACIÓN DATADA CON POSTERIORIDAD

 

El Fiscal del Juzgado de Gavà ha investigado la modalidad de alteración de precio de remate en subasta convocada por una administración pública , done se da " el previo concierto con el fin de alterar el precio de remate" que consiste en "un delito de mera actividad" cuya "consumación se dará"  " sin que sea preciso que llegan a alterar el precio final del remate " e indicando como "comisión de los hechos"en el momento en el que se produce ese acuerdo de voluntades para alterar el normal del concurso público".

 

Así que con respecto a los 4 expedientes investigados por el Juzgado de Gavà indica el Ministerio Fiscal que las fechas de prescripción de los delitos se situarían entre los años 2013 y 2021 inclusive. Íncreible al leerlo en el Auto, pero cierto porque las investigaciones se iniciaron realmente en julio del 2021.

 

En el expediente número 2008/92 según los cálculos del Ministerio Fiscal que describe la Jueza Instructora en su Auto "la fecha de comisión de los hechos se produjo el 25 de septiembre de 2008" y aplicando el plazo de prescripción leve de 5 años, los hechos relacionados con este expeidente habrían prescrito el 25 de septiembre de 2013" por lo que cuando se inició la investigación el 22 de julio del 2021 los hechos " habrían prescrito incluso antes de iniciarse la instrucción" y cabe archivar este procedimiento.

 

En cuanto al expediente número 2009/04 los hechos "habrían prescrito" porque la "adjudicación provisional de la licitación a Iniciatives i Programes aplicando el plazo de prescripción de 5 años, habrían prescrito el 14 de enero de 2014 y los hechos investigados por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Tarragonna son posteriores a dicha fecha". 

 

En relación al expediente número 2009/109 la comisión de los hechos se remonta al 21 de octubre de 2009 cuando se adjudica la contratación por lo que los hechos prescribieron el 21 de octubre de 2014 la investigación se inició el 22 de julio de 2021" según se afirma en el Auto.

 

Con respecto al expediente 2011/67 el Ministerio Fiscal considera la fecha de "comisión de los hechos en el 15 de diciembre de 2011" fecha en la que la Cap del Departament de Educació del Área de Serveis Personal" puso a las empresas licitadoras para presentar sus ofertas". Así el Ministerio considera que "los hechos delictivos atribuibles a los investigados habrían prescrito el 15 de diciembre de 2016" y la investigación se inicio el 22 de julio de 2021". 

 

Por lo que se produce en la caso de la pieza de Viladecans " una causa de extincion de responsabilidad criminal aplicable a todos los investigados en dicho expediente" aunque " M.G " la investigación se dirija mediante el auto de 28 de mayo de 2015 de Tarragona", dado que "la siguiente resolución que podría haber interrumpido el plazo prescriptivo data de 22 de julio de 2021" siendo esta "posterior a los hechos atribuibles al Sr. G. " y que igualmente "habrían prescrito". 

 

En esta pieza de Viladecans el Ministerio Fiscal ha aplicado en su petición según su argumentación "por la naturaleza del delito que se castiga con inhabilitación, que no excede de los 5 años, este tiene señalado un plazo de prescripción de 5 años de conformidad al artículo 131.1 del Código Penal" que dice que estos prescriben " a los diez años, cuando la pena máxima señalada apor la ley sea prísión o inhabilitación por más de cinco años y no exceda de diez" y "prescibe a los cinco, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias calumnias, que prescriben al año". 

 

LA EJECUTIVA DE LOS SOCALISTAS DE VILADECANS DIÓ POR CERRADO EL CASO INIPRO TRAS CONOCER EL INFORME DEL MINISTERIO FISCAL EN MAYO DE 2024

 

En mayo de este mimos 2024, teniendo conocimiento por los propios investigados en el caso del informe del Ministerio Fiscal que solicitaba el archivo por prescipción de los 4 expedientes de contratación y el sobreseimiento provisional de otros presuntos delitos, desde el gobierno municipal empezaron a tomar medidas llamativas.


Entre ellas se encuentran la recontratación para la intervención general del Ayuntamiento de la dimitida Laura Aminocid, quién desistió de todas sus responsabilidades en el consistorio de Viladecans nada más estallar el caso INIPRO en el ayuntamiento en febrero de 2017. Cabe recordar que el estallido del caso dió y el secreto de sumario dió lugar a una cascada de renuncias que dejó al Ayuntamiento de Viladecans, sin dos tenientes de alcalde, la interventora, la tesorera y el Secretario General del Ayuntamiento.

 

Laura
Recorrido profesional de la actual Interventora Muncipal del Ayuntamiento de Viladecans/ Fuente: Linkedin

 

Además  la agrupación del PSC de Viladecans con su máximo representante en el consistorio Carlos Ruiz, tras conocer el informe preliminar del Ministerio Fiscal empezaron a restituir públicamente a su ex Teniente de Alcalde, Joaquin Guerrero quién nunca dejó de participar todos 8 años en las actividades de su partido y mantuvo un plaza "ad hoc" dentro de el organigrama del equipamiento municipal de Atrium tras dimitir de sus cargos políticos y como concejal de su partido.

 

Así Joaquin Guerrero, que lleva meses con una frenética agenda social de desayunos, comidas y cenas con históricos dirigentes de su partido es desde este mes de julio el nuevo presidente de los socialistas de Viladecans sin un voto en contra.  Y para quienes tengan dudas de tal cosa así lo hizo saber el propio alcalde de Viladecans, Carlos Ruiz en Twitter mostrandose orgulloso de que su partido a nivel local cuente ahora con una "nueva Comisión Ejecutiva Local para trabajar con fuerza en los próximos años del 2024 al 2028". 

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Captura del Tweet del alcalde de Viladecans el 16/07/2024

 

Que este pronunciamiento del Auto de la Jueza de Gavà se dé en plena época estival anima a todos sus protagonistas a sonreirle a las vacaciones de verano, mientras los vecinos de Viladecans que pagan sus impuestos religiosamente se preguntan todavía que ha pasado.

 

Rescatamos para ello de la Hemeroteca unas famosas declaraciones del Presidente Pedro Sánchez hechas en los estudios de RNE y que contestaba a la pregunta ¿ Y la Fiscalía de quién depende?".

 

 

Seguiremos informando....

 

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