La defensa de Tamara Carrasco niega todos los cargos para sortear las medidas cautelares
El escrito remitido a la Audiencia Nacional rechaza que la miembro de la CDR de Viladecans cometiera ningún delito de terrorismo por no llevar armas ni de rebelión.
La supuesta coordinadora de los Comités de Defensa de la República (CDR) Tamara Carrasco, vecina de Viladecans, investigada por la Audiencia Nacional ha rechazado haber cometido actos terroristas o un delito de rebelión con las acciones de protesta en Catalunya: "Resulta difícil imaginar una organización terrorista sin armas de fuego ni explosivos".
En un escrito remitido por su defensa a la Audiencia Nacional para impugnar el recurso de apelación presentado por la Fiscalía contra su puesta en libertad provisional, al que ha tenido acceso Europa Press, su abogado, Benet Salellas, descarta terrorismo en la actividad de los CDR: "No nos encontramos ante delitos de terrorismo dado que no hay ni armas ni explosivos en las conductas analizadas".
Alega que para que exista terrorismo es necesario "el ejercicio de la violencia de forma reiterada e indiscriminada para ejercer la intimidación masiva", lo que asegura que no ha ocurrido, y sostiene que no puede aplicarse a los CDR la misma construcción jurídica que se hizo para la 'kale borroka' en el País Vasco porque en Catalunya no existe un actor equivalente a ETA.
Así, recuerda que en la lucha contra ETA se aceptó por parte de los tribunales la extensión del concepto del terrorismo al terrorismo callejero, interpretando que la 'kale borroka' "coadyuvaba o favorecía el mensaje de terror", algo que no es trasladable a los CDR en Catalunya porque no existe la organización principal que suponía ETA.
Salellas, que pide a la Audiencia Nacional que levante la prohibición a su defendida de salir de su municipio de residencia, Viladecans, ha resaltado que las acciones investigadas son cortes de carreteras, manifestaciones y levantamientos de barreras de los peajes, "actos de protesta", que forman parte de los mecanismos de protesta política, sindical o vecinal.
AUDIO
Sobre el audio atribuido a Tamara Carrasco que circuló en Semana Santa por redes sociales llamando a la movilización y a las acciones de sabotaje, la defensa ha asegurado que solo era "el traslado de una información de una reunión" a la que ella asistió en la que se habló de acciones a realizar por otros CDR y propuestas de futuro en un contexto de huelga general no convocada.
"Se trata de una puesta en común de propuestas que la mayoría de ellas no han sido ni tan siquiera elaboradas como para ser puestas en práctica", argumenta, añadiendo que todas se enmarcan en el ejercicio pacífico del derecho de reunión y de expresión, y aplicando la máxima de que 'los pensamientos no delinquen'.
Ha criticado que se sustente la petición de Fiscalía de ingreso en prisión en acciones que no son de los CDR como los muñecos que aparecieron colgando de un puente en Malla (Barcelona), la quema de una bandera en Balsareny (Barcelona), las pintadas en la calle de Das (Girona) donde tiene una casa el instructor de la causa del 1-O en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, o la explosión de un artefacto en un concesionario en Barcelona.
En este sentido, ha criticado "el intento burdo de manipulación y de tergiversación de la realidad catalana mediante la intoxicación contra los CDR", afirmando que desde el rigor aplicable en un procedimiento judicial penal no es posible utilizar los hechos no reivindicados.
REBELIÓN
Sobre la posibilidad de atribuirle un delito de rebelión, asegura que "ningún golpe de estado ni pequeño ni grande se produjo en Catalunya en los últimos meses" y concretamente en las fechas investigadas, en marzo y abril de 2018, sino que se trató de actos de protesta.
"No hay alzamiento ni hay tampoco acto alguno contra el poder constituido porque ni el tráfico rodado ni las empresas concesionarias son propiamente poderes públicos", defiende el letrado, que cita el análisis del Tribunal Regional de Schleswig-Holstein (Alemania) encargado de la euroorden de Carles Puigdemont, que rechazó que se produjera un delito de rebelión en Catalunya.
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