Seis meses de cárcel, una multa de 1.000 euros y una orden de alejamiento por agredir a una mujer con velo en Cornellà
La Audiencia de Barcelona ha condenado a una mujer por un delito de lesión a la dignidad y contra el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas, otro contra la integridad moral y un delito leve de lesiones.
La Audiencia de Barcelona ha condenado a seis meses de prisión a una mujer que insultó con y agredir a otra para llevar el velo islámico, en concreto un 'hiyab', en septiembre de 2017 y en enero de 2018 cerca de una escuela en Cornellà de Llobregat.
La mujer ha aceptado los hechos y la condena, que incluye alejamiento de la víctima, inhabilitación por oficio educativo, deportivo o de ocio, indemnización y prisión, que puede eludir si hace un curso de diversidad cultural.
Según la sentencia de conformidad, los hechos se produjeron poco antes de las 5 de la tarde del 19 de septiembre cerca de una escuela de la ciudad. La acusada, española, se encontró con la víctima, marroquí de 36 años, a la que no conocía y le empezó a decir "esto aquí está prohibido" mientras le señalaba el pañuelo de la cabeza. Cuando la mujer musulmana le preguntó quién era para decirle aquello, la acusada, "movida por el desprecio y rechazo a la religión musulmana y al origen extranjero" de la mujer, le dijo: "Soy española y esto aquí está prohibido, quítate las gafas de sol para que vea lo que hay detrás, mora de mierda ". A continuación, la agarró por el brazo, la sacudió y rompió la tela del velo, hasta que la gente de alrededor intervino para separarlas.
El 29 de enero de 2018, hacia las 3 de la tarde, la víctima acudía de nuevo a la escuela para recoger a su hija pequeña y se encontró con la acusada. Esta le hizo fotos y cuando la víctima le recriminó, la acusada le dijo: "Te mato, mora de mierda, quítate el hiyab, si quieres ponértelo vete a tu país".
Por todo ello, la condenan por un delito de lesión a la dignidad y contra el ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas, otro contra la integridad moral y un delito leve de lesiones. Aparte de los seis meses de prisión, deberá pagar 630 euros de multa y 400 de indemnización a la víctima, y tendrá tres años y medio de inhabilitación para ejercer cualquier profesión u oficio educativo, deportivo o de ocio. Tampoco podrá acercarse a menos de un kilómetro de la mujer o comunicarse con ella durante dos años y medio. La pena de prisión queda suspendida si la condenada paga la multa y la indemnización y participa en un programa de aceptación de la diversidad.
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