Estas son las ayudas que puedes solicitar si se te ha acabado el paro
Cuando una persona termina su contrato laboral, siempre que tenga cotizados los meses requeridos, puede solicitar el paro. Pero una vez este se termina, el afectado puede solicitar hasta seis subsidios por desempleo diferentes, a los que también pueden acceder las personas que estén en una situación de vulnerabilidad económica.
Cuando una persona termina su contrato laboral, siempre que tenga cotizados los meses requeridos, puede solicitar el paro. Pero una vez este se termina, el afectado puede solicitar hasta seis subsidios por desempleo diferentes, a los que también pueden acceder las personas que estén en una situación de vulnerabilidad económica.
@EP
Casi todos los subsidios por desempleo son gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal o SEPE. Es desde esta misma administración desde donde han informado recientemente de cuáles son los subsidios por desempleo a los que puede acceder una persona que ya ha consumido sus meses de paro.
SUBSIDIO DE COTIZACIÓN INSUFICIENTE
Esta ayuda está pensada para personas en paro que tengan menos de un año cotizado y además no puedan beneficiarse de la prestación contributiva por desempleo. La duración de este subsidio depende del número de meses cotizados y de si usted tiene o no responsabilidades familiares.
Para pedirlo, el afectado deberá estar apuntado como demandante de empleo y haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, además de no percibir rentas superiores al 75% del SMI.
SUBSIDIO POR AGOTAMIENTO DE PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA PARA MAYORES DE 45 AÑOS
Esta ayuda está destinada a personas trabajadoras que han agotado el paro, tienen más de 45 años y no tienen responsabilidades a su cargo. Para solicitarlo, como en la ayuda anterior, el afectado debe estar inscrito como demandante de empleo, no tener una renta superior al 75% del SMI y, además debe suscribir el compromiso de actividad.
SUBSIDIO POR AGOTAMIENTO DE PARO CON FAMILIARES A CARGO
En este caso, hablamos de una ayuda pensada para personas que han agotado su paro y en este caso sí tienen responsabilidades familiares. Además de esta última condición, debe cumplir todas las mencionadas anteriormente. La duración de esta ayuda será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que haya agotado y de la edad de la persona, siempre que lo solicite dentro del plazo.
SUBSIDIO PARA EMIGRANTES RETORNADOS
Pueden solicitar este subsidio los ciudadanos españoles que hayan trabajado en el extranjero, excepto quienes hayan trabajado en los países pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza.
SUBSIDIO PARA LIBERADOS DE PRISIÓN
Esta ayuda está destinada a los ciudadanos que cumplan los siguientes requisitos: estar desempleado, estar inscrito como demandante de empleo, no haber rechazado una oferta de colocación adecuada ni haberse negado a participar en actividades propuestas desde el SEPE, no poder acceder al paro y haber sido liberado de prisión después de un periodo de encierro de más de seis meses.
Además, pueden solicitarla los menores de edad que hayan sido internados en un centro más de seis meses tras cometer un delito o quienes han salido de una clínica de desintoxicación tras haber estado internados el mismo periodo de tiempo.
La duración del subsidio es de seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.
SUBSIDIO PARA MAYORES DE 52 AÑOS
Para poder tener acceso a esta prestación, los requisitos a cumplir son los siguientes: estar desempleado, no tener la condición de persona trabajadora fija discontinua, tener más de 52 años, ser demandante de empleo, cumplir con el compromiso de actividad, carecer de rentas superiores al 75% del SMI.
El periodo de la ayuda se alargará hasta que la persona tenga derecho a cobrar la pensión contributiva de jubilación.
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