El AMB aprueba medidas y sanciones para reducir la contaminación en las obras
La aplicación de la ordenanza prevé, en caso de incumplimiento por parte de los promotores de las obras, denuncias por infracciones tipificadas con aplicación del principio de proporcionalidad.
El Consejo Metropolitano de la AMB ha aprobado definitivamente la ordenanza que, aplicada a través de las normativas municipales sobre licencias de obras, permitirá conocer y controlar la contaminación procedente de las obras, es decir, de las emisiones de óxidos de nitrógeno y partículas en suspensión generadas en las diferentes fases de ejecu ción de éstas.
La nueva ordenanza establece una serie de obligaciones de cara a los promotores y constructores de las obras, tales como presentar la programación de éstas para conocer la duración de las actividades potencialmente generadoras emisiones de gases, designar un vigilante ambiental de la obra que llevará a cabo el seguimiento de los equipos de medida y otros aspectos relacionados y acreditar que la empresa y el personal de la obra tiene conocimientos respecto contaminación atmosférica y prevención.
La aplicación de la ordenanza prevé, en caso de incumplimiento por parte de los promotores de las obras, denuncias por infracciones tipificadas (leves, graves y muy graves), con aplicación del principio de proporcionalidad, y de manera que la comisión de las infracciones no resulte más beneficioso para el infractor que el cumplimiento de los artículos infringidos.
De este modo, AMB considera que será más fácil y efectivo aplicar medidas y recomendaciones para evitar impactos negativos en la salud de las personas, especialmente en aquellas obras que se realicen en torno a zonas sensibles, como escuelas y hospitales y teniendo presente consideraciones específicas si hay episodio de contaminación declarado.
Con este objetivo se considera imprescindible el desarrollo, por parte de las actividades y en colaboración con las administraciones, de unos planes de acción concretos que habría que activar en el caso de episodios de alta contaminación y que deben ir soportados por un plan de acción genérico a elaborar conjuntamente con la AMB.
INSTALACIONES METROPOLITANAS
Asimismo, el Consejo Metropolitano también ha aprobado hoy los planes de acción individuales de las plantas donde se prestan servicios públicos de titularidad de la AMB, como las instalaciones de tratamiento de residuos y de saneamiento de aguas. El objetivo de estos planes individuales es el establecimiento de una serie de medidas temporales excepcionales que las instalaciones deberán aplicar en caso de declararse un episodio de contaminación por niveles elevados de NO2 y PM10.
Dentro de estos planes individuales se encontran medidas genéricas como evitar realizar procesos, como arrancadas y puestas en marcha, que no sean imprescindibles y se puedan retrasar y otras más específicas como por ejemplo: Controlar la humedad del material obtenido (compuesto y / o bioestabilitzat), de forma que se evite la creación de un ambiente seco y pulverulento; y en la medida de lo posible, cuando el viento sea en sentido Barcelona acumulará el biogás en el gasómetro, y cuando el viento sea en sentido Mar arrancarán motores de cogeneración.
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