ERC le pide al Ayuntamiento que vele por la salud de los vecinos del barrio de las Bòbiles de Gavà
Hace unos meses se generó una fuerte polémica en Gavà por la próxima instalación de una nueva antena de telefonía móvil 5G en una finca en el barrio de las Bòbiles entre los vecinos que asumieron la instalación con preocupación.
Desde ERC-Gavà creen que el Ayuntamiento de Gavà puede propiciar una resolución al conflicto generado por la instalación de una antena de telefonia móvil 5G en el barrio de las Bòbiles.
Por ello han decidido proponer al consistorio que tiene competencia para otorgar licencias de obras, que regule y condicione la instalación de este equipamiento en tanto que requiere permiso de obra mayor y garantice la salubridad de los vecinos en atención al artículo 66.2.h de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.
Para ERC de Gavà los campos electromagnéticos de alta potencia son perjudiciales para la salud, dado que se ha demostrado que son potencialmente cancerígenos, mientras que, los campos electromagnéticos de baja potencia, como los usados por los teléfonos móviles, no lo son. Por este motivo la OMS ha establecido un criterio para discriminar los campos perjudiciales de los no perjudiciales que tiene que tener en cuenta el Ayuntamiento.
Antena de telefonía instalada en Barcelona/ERC
Según los republicanos para que el campo electromagnético llegue a nuestros terminales móviles, la antena emisora debe ser muy potente. Por ello, los vecinos que residen en sus inmediaciones, pueden recibir campos por encima del umbral establecido por la OMS.
En el momento de establecer la licencia para instalar la antena de telefonía, exige ERC al ayuntamiento que "vele por la salubridad del vecindario asegurándose que el abanico emisor que sale de la antena no impacta directamente sobre el vecindario, que la potencia electromagnética recibida por el vecindario está siempre por debajo de los umbrales establecidos por la OMS y que los beneficios económicos derivados de la instalación de la antena, reviertan de manera equitativa sobre todo el vecindario afectado.
EL TSJC ANULÓ ARTÍCULOS DE LA ORDENANZA SOBRE ANTENAS DE TELEFONÍA DEL AYUNTAMIENTO DEL AÑO 2000
Cabe recordar al hilo de la noticia que en 2003, que el TSJC restringió las competencias de las ordenanzas municipales de Gavà.
En este sentido el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) anuló varios artículos de la ordenanza del Ayuntamiento de Gavà que regulaban y limitaban por motivos paisajísticos y medioambientales la instalación de antenas de telefonía móvil en el municipio. El TSJC estimó parcialmente un recurso presentado por una compañía de telefonía al entender que el consistorio se extralimita en sus competencias e invade otras que son de carácter autonómico o incluso estatal.
La ordenanza, aprobada en noviembre de 2000, establecía que las instalaciones de telefonía móvil quedaban sujetas a la aprobación de un plan de implantación y desarrollo del conjunto de toda la red en el municipio. El Ayuntamiento se reservaba también la potestad de denegar la instalación de antenas que resultaran incompatibles con el entorno o causaran impacto visual o medioambiental no admisible. El TSJC consideró entonces que el consistorio "no podía añadir limitaciones" por tratarse de materias ya establecidas en la Ley de Intervención Integral de la Administración Ambiental.
EN SANT BOI LA LUCHA VECINAL CONSIGUIÓ DESMANTELAR UNA ANTENA DE TELEFÓNICA
Esta antena fue instalada en 2015 y fue motivo de polémica en el barrio de Marianao desde entonces. La empresa Vodafone tuvo que desmantelar en 2017 la polémica antena telefónica de la calle Rubió i Lluch de Sant Boi de Llobregat tras dos años de lucha vecinal.
La Plataforma de Marianao contra las antenas de telefonía móvil, de la asociación de vecinos, señaló entonces que la compañía telefónica instaló la mencionada antena en marzo de 2015, amparándose en la Ley General de Telecomunicaciones, en contra de la cual se posicionó el gobierno municipal.
El consistorio, ante la negativa de la empresa Vodafone a una “solución dialogada”, el 5 de mayo de 2015 incoó un expediente de protección de la legalidad urbanística contra la instalación del antena de la calle Rubió i Lluch.
Como medida provisional también ordenó la suspensión de la actividad y del uso de esta instalación, y comunicó estas decisiones al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, pidiendo la emisión de un informe previo, obligatorio y vinculante para la tramitación de las medidas adoptadas.
Tras el visto bueno del Gobierno, el Ayuntamiento requirió a Vodafone que desmantelara la antena, pero al no ejecutarse dicho requerimiento, procedió a desconectar y precintar la instalación. Como reacción, Vodafone presentó un recurso judicial contra el Ayuntamiento de Sant Boi, pidiendo la suspensión cautelar de las medidas acordadas, pero un juzgado barcelonés lo desestimó. Este auto permitió que el Ayuntamiento pudiera continuar ejecutando por la vía administrativa el desmantelamiento de la antena.
LEYENDAS Y VERDADES DE LAS ANTENAS DE TELEFONÍA MÓVIL
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