La letra pequeña de la reforma de los interinos le complica la vida a administraciones y trabajadores
El Estado tras introducir modificaciones a última hora para lograr el apoyo de ERC incorporó grandes cambios que no consultó con los representantes sindicales.
Interionos de El Prat manifestándose/ @Vilapress
El Estado tras introducir modificaciones a última hora para lograr el apoyo de ERC incorporó grandes cambios que no consultó con los representantes sindicales.
Según anunció la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, entre los cambios notables figura que los ejercicios de la fase de oposición "podrán ser no eliminatorios" y que los interinos que lleven más de 10 años podrán acceder a su plaza sin examen, aplicando el artículo 61.6 del EBEP.
Este extremo ha causado preocupación no solo entre los propios opositores, entre los que hay algunas voces que tildan el cambio de "injusto", sino entre los sindicatos, que no habían pactado esta modificación en el texto que firmó el hasta hace tres semanas ministro de Función Pública, Miquel Iceta.
El artículo del EBEP citado por la ministra Montero recoge que "los sistemas selectivos de funcionarios de carrera serán los de oposición y concurso-oposición que deberán incluir, en todo caso, una o varias pruebas para determinar la capacidad de los aspirantes y establecer el orden de prelación. Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos".
Y este es precisamente el artículado legal "que es complicado de aplicar dado que no existe una estimación de a cuántos interinos beneficiaría esto; va a ser muy difícil comprobarlo y que cumplan el requisito", apuntan fuentes de CSIF. De hecho, la mayoría de los interinos "concatenan contratos en plazas diferentes", por lo que es complicado permanecer una década en una misma plaza.
Por lo que las nuevas modificaciones, que todavía no están contempladas en el texto, "generan más incertidumbres que certezas, en esto no se puede improvisar. Tienen que explicar bien los criterios: ¿por qué diez años y no tres?", se pregunta Francisco Lama, secretario de Acción Sindical de CSIF en declaraciones a VOZPÓPULI.
"Las administraciones van a tener una enorme dificultad para identificar las plazas porque las ofertas de empleo público contemplan un número determinado de plazas, pero no identifican la antigüedad. Es una dificultad técnica que será difícil de solucionar", insiste Lama.
LOS INTERINOS QUE PIERDAN LA PLAZA SERÁN INDEMNIZADOS
Según los datos aportados por CSIF, la contratación temporal en el sector público se sitúa ya en el 30%, casi diez puntos por encima del sector privado. Para lograr reducirlo los contratos temporales tendrán una duración máxima de tres años, y esas plazas tendrán que incorporarse a ofertas de empleo público antes de que concluya ese periodo. Durante ese tiempo, el interino tendrá asimismo garantía de permanencia en su puesto de trabajo "siempre y cuando esté en marcha el proceso selectivo".
El texo aprobado además contempla que las administraciones deberán indemnizar al personal afectado con 20 días por año de servicio y hasta 12 mensualidades cuando extiendan los contratos temporales más allá de los tres años y se extinga su relación laboral.
De forma paralela, el acuerdo firmado por Gobierno y sindicatos contempla ya un proceso de estabilización que afectará a más de 300.000 plazas estructurales ocupadas por personal temporal y que deberán ser fijas antes del 31 de diciembre de 2024 “como fecha límite improrrogable".
El proceso de estabilización "afectará a todas las plazas de carácter estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 y que no se hayan visto incluidas en los procesos de estabilización previstos en los Acuerdos para la Mejora del Empleo Público de los años 2017 y 2018", apunta el texto.
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