El despido de los trabajadores del bus lanzadera del aeropuerto de El Prat, es ilegal
La Sala Social del Tribunal Supremo (TS) así lo ha confirmado en una sentencia en que obliga a la nueva compañía a subrogar a la plantilla anterior.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado que el despido de 16 trabajadores de los autobuses que conectan las dos terminales del Aeropuerto Josep Tarradellas-El Prat de Barcelona no fue ajustado a derecho, ha informado este jueves el alto tribunal.
En la sentencia considera que no concurren las causas productivas alegadas por la empresa Monbus Globalia UTE para extinguir los contratos, tras la adjudicación de la concesión a UTE Prat en 2017.
El tribunal cree que la nueva empresa concesionaria del servicio -UTE Prat- estaba obligada a subrogarse a los empleados de la empresa saliente -Monbus Globalia UTE-, como establece el artículo 14 del Convenio Colectivo Provincial de Transporte Mecánico de Viajeros de Barcelona, por lo que no había necesidad de extinguir los contratos de trabajo.
Además, valora que ambas UTES están integradas mayoritariamente por las mismas empresas y forman una sola y única entidad, con lo que no hay un cambio en la titularidad de la actividad económica.
La Sala desestima los recursos de casación planteados por cada una de las dos uniones temporales de empresa contra la sentencia recurrida, que ha sido confirmada en todos sus pronunciamientos.
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