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Barcelona devuelve 4.700 euros de plusvalía porque se vendió una vivienda por debajo del valor de compra

El Consistorio nunca respondió a la solicitud del afectado. El Constitucional dictaminó que no debía pagarse este impuesto si en la transmisión del inmueble no se produjo un incremento real de su valor.

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Tras la actuación de FACUA Catalunya, el Ayuntamiento de Barcelona ha devuelto a un usuario 4.674 euros que tuvo que pagar de impuesto de plusvalía después de que vendiera una vivienda por un valor inferior al que tenía cuando la compró.


Archivo - Arxiu - Façana de l'Ajuntament de Barcelona.

Fachada del Ayuntamiento de Barcelona @ep


Luis C.C., residente en Barcelona, compró en 2007 una vivienda en la localidad por valor de 348.000 euros. En 2015 decidió venderla y consiguió por ella 305.000 euros. Derivado de dicha transacción, tuvo que abonar al Ayuntamiento 4.674 euros del Impuesto por el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana -conocido popularmente como impuesto de plusvalía-.


En este sentido, el Tribunal Constitucional (TC) dictaminó en la sentencia 59/2017, de 11 mayo de 2017, que varios artículos de la ley que regula el pago de este impuesto -la Ley Reguladora de las Haciendas Locales- eran inconstitucionales y nulos cuando "someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor".


Los usuarios, por tanto, pueden solicitar la devolución del importe que pagaron por la plusvalía si en la venta del inmueble registraron pérdidas. Así, determinó que en estos casos se vulnera el principio constitucional de "capacidad económica" en la medida en que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien, "sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo".


Tras conocer dicha información y, por tanto, que no debía haber pagado el impuesto, Luis se dirigió al Ayuntamiento de Barcelona en abril de 2018 para reclamar la devolución de los 4.674 euros que había pagado de plusvalía.


El Consistorio, sin embargo, nunca llegó a atender la reclamación del usuario, por lo que decidió acudir a FACUA Catalunya a finales de 2019 para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos.


El equipo jurídico de la asociación reclamó al Ayuntamiento el reembolso del importe pagado de plusvalía ya que en la "autoliquidación efectuada existe un error manifiesto al recoger un incremento de valor del inmueble objeto de gravamen inexistente en el momento de la transmisión".


La documentación aportada por Luis dejaba patente "la existencia de una perdida patrimonial, por lo que se ha efectuado un incremento del valor del terreno inexistente".


Finalmente, más de un año después de la reclamación de FACUA Catalunya, el Ayuntamiento de Barcelona ha resuelto "estimar la solicitud presentada, declarar la transmisión del inmueble de referencia como no sujeta" al impuesto de plusvalía "y, en consecuencia, devolver a la persona interesada el importe abonado por el impuesto". Luis ya ha recibido los 4.674 euros que pagó por el impuesto de plusvalía.


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