La Policía de El Prat llevará cámaras de vídeo para las situaciones de riesgo
La incorporación de estos dispositivos tecnológicos se enmarca en el impulso por parte del Ayuntamiento de la modernización del cuerpo
La Policía Local de El Prat ha empezado a utilizar cámaras corporales que permitirán a los agentes registrar sus actuaciones. La incorporación de estos dispositivos tecnológicos se enmarca en el impulso por parte del Ayuntamiento de la modernización del cuerpo, que también está empezando a implantar el uso de tabletas electrónicas ya realizar el control telemático de las zonas de carga y descarga de los vehículos.
Una docena de videocámaras personales ya están disponibles para ser asignadas a los agentes, que deben colocarlas, protegidas, sobre sus chalecos antibalas y que sólo pueden utilizar cuando se den las circunstancias de riesgo concreto que establece la ley.
El uso de estos dispositivos, cada vez más extendido en los cuerpos policiales, tiene como objetivo mejorar la transparencia de su labor, ofrecer pruebas de posibles agresiones y reforzar las garantías de seguridad tanto para los agentes como para la ciudadanía . Asimismo, tal y como ya se ha constatado en El Prat, contribuye a prevenir algunos tipos de incidentes o reducir su intensidad. "Las cámaras tienen una función coercitiva importante y se han reducido mucho los incidentes contra policías", asegura José Arenas, jefe accidental de la policía local.
Las videocámaras que se están utilizando graban imágenes de forma ininterrumpida que se borran automáticamente al cabo de un minuto. Es sólo en el momento en que el agente implicado en un incidente pulsa un botón que el dispositivo graba la actuación así como los momentos previos mediante un sistema de pregrabación.
Estas imágenes se almacenan entonces en servidores municipales seguros y sólo tienen acceso las personas autorizadas, que las visionarán y elaborarán los informes pertinentes para valorar si se borran o se conservan para incorporarlas a una investigación policial oa un procedimiento judicial o administrativo vinculado a una infracción grave.
En el momento de activar la copia de las imágenes, salvo algunas situaciones en las que la legislación establece excepciones, el agente debe informar a la persona o personas implicadas en la intervención, que podrán ejercer sus derechos de acceso, cancelación u oposición a la captación de datos de carácter personal. La utilización de estos aparatos está regulada por un protocolo elaborado por Policía Local y ratificado por la Dirección General de Administración de Seguridad (DGAS).
Las primeras doce cámaras llegaron hace dos meses, pero está previsto incorporar más unidades, de forma que cada binomio de agentes disponga de una. De hecho, el conjunto de miembros del cuerpo ha recibido ya la formación para su uso.
UNA NUEVA HERRAMIENTA
Además de estos dispositivos personales, la Policía local dispondrá en breve de una nueva herramienta para reforzar la seguridad ciudadana. Ya se ha empezado a instalar la fibra óptica que, próximamente, permitirá desplegar cámaras de videovigilancia en la vía pública.
Este paso será la culminación de un proceso que arrancó hace un par de años con una recogida y análisis estadístico de datos de hechos delictivos e infracciones de civismo de los últimos cinco años que ha resultado en un mapa de calor en el que se identifican las zonas más sensibles del casco urbano. Con esta información, se ha propuesto la instalación, en viales principales y comerciales, de nueve dispositivos.
Antes de que puedan entrar en funcionamiento, será necesaria para cada una de ellas una autorización de la Comisión de Videovigilancia, que deberá prorrogarse cada año teniendo en cuenta la posible evolución de las circunstancias que las justifican. Allí donde se ubiquen las cámaras se colocarán carteles en los que se informará de su presencia así como de los derechos de las personas en relación a las imágenes grabadas. En este sentido, el Ayuntamiento será el responsable legal del tratamiento del material, que será borrado automáticamente en un plazo de 30 días si no es necesario como prueba de un hecho delictivo.
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